SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Prot. n. 166/70
DECRETO
Establecido el Ordo celebrationis eucharisticae y aprobados los textos
pertenecientes al Missale Romanum mediante la Constitución Apostólica Missale
Romanum, promulgada por Su Santidad Pablo VI, el 3 de abril de 1969, esta
Sagrada Congregación para el Culto Divino recibió del Sumo Pontífice el mandato
de promulgar esta nueva edición del Misal Romano, realizada conforme a los
Decretos del Concilio Vaticano II, y la declara como edición típica.
Respecto al uso del nuevo Misal Romano, se permite que pueda emplearse ya la
edición latina tan pronto como aparezca editada, haciendo las oportunas
acomodaciones en lo que se refiere a las fiestas de los santos, hasta que entre
en vigor definitivamente el nuevo Calendario. Se encomienda a la solicitud de
las Conferencias Episcopales la preparación de las ediciones en lengua vernácula
y la determinación del día en que dichas ediciones, debidamente confirmadas por
la Sede Apostólica, entrarán en vigor.
Sin que obste nada en contrario.
En la sede de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, día 26 de marzo de
1970, Jueves Santo de la Cena de l Señor.
BENNO CARD. GUT
Prefecto
A. BUGNINI
Secretario
SAGRADA CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Prot. n. 1970/74
DECRETO DE LA SEGUNDA EDICIÓN TÍPICA
Al tener que imprimir de nuevo el Misal Romano, han sido introducidas
variaciones y nuevos textos, para que esta nueva edición responda a los
documentos promulgados después de la primera edición de 1970.
En la «Ordenación general», cuyos números marginales no se cambian, se describen
los ministerios de acólito y lector, en lugar de los números que trataban del
subdiácono (nn.142-152).
Otro cambio de cierta importancia está en la parte del Misal que contiene las
Misas rituales y por las diversas necesidades. Algunos formularios han sido
completados con las oportunas antífonas de entrada y de comunión. Además, se han
añadido los textos de la Misa para la reconciliación y, entre las Misas votivas,
los textos de las Misas de Santa María Virgen, Madre de la Iglesia y del
Santísimo Nombre de María.
Se han introducido algunas variantes de menor importancia en los títulos y en
las rúbricas, para que mejor respondan a las palabras o expresiones que aparecen
en los nuevos libros litúrgicos.
El Sumo Pontífice Pablo VI aprobó con su autoridad esta segunda edición del
Misal Romano, y la Sagrada Congregación para el Culto Divino ahora la publica y
la declara como edición típica.
Corresponderá a las Conferencias Episcopales introducir, en las ediciones en
lengua vernácula que preparan, las variaciones contenidas en esta segunda
edición del Misal Romano.
Sin que obste nada en contrario.
En la sede de la Sagrada Congregación para el Culto Divino, día 27 de marzo del
Año Santo de 1975, Jueves Santo de la Cena del Señor.
JAMES ROBERT CARD. KNOX
Prefecto
+ A. BUGNINI
Arzobispo titular de Diocleciana
Secretario
CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS
Prot. n. 143/00/L
DECRETO DE LA TERCERA EDICIÓN TÍPICA
Mientras se aproxima el tercer milenio de la Encarnación del Señor, pareció
necesario preparar una nueva edición del Misal Romano, que incorpore los más
recientes documentos de la Sede Apostólica y, sobre todo, el nuevo Código de
Derecho Canónico y las enmiendas y adiciones según las varias necesidades.
En lo que se refiere a la Ordenación General del Misal Romano, se han
introducido algunas variaciones en las expresiones y las normas, en concordancia
con los demás libros litúrgicos y recomendados por la experiencia pastoral. Se
exponen con mayor claridad los casos aprobados para facilitar la distribución de
la sagrada Comunión bajos las dos especies; se añadió el capítulo IX, nuevo en
su integridad y compuesto recientemente, donde se abre el camino para adaptar
convenientemente el Misal Romano a las necesidades pastorales.
Se añaden otros formularios para las celebraciones introducidas recientemente en
el Calendario Romano general. Para fomentar el culto a la Made de Dios, el Común
de la Santísima Virgen María se enriquece con nuevos formularios de Misas.
También en otros Comunes, en las Misas por Diversas necesidades o circunstancias
establecidas, como también en las Misas por los Difuntos, algunas veces se
cambió el orden de las oraciones para conservar con más cuidado la concordancia
de los textos. En las Misas de Cuaresma se agrega una oración sobre el pueblo
para cada día, según la antigua costumbre litúrgica.
En apéndice al Ordinario de la Misa se encuentra la Plegaria Eucarística para la
Reconciliación, y también una Plegaria Eucarística especial que puede ser
utilizada para necesidades diversas.
Esta tercera edición del Misal Romano fue aprobada con la autoridad del Sumo
Pontífice Juan Pablo II el día 10 de abril del año 2000, y la Congregación para
el Culto Divino y la Disciplina de los Sacramentos ahora la publica y la declara
como edición típica.
A partir de la tercera edición típica, las Conferencias Episcopales procurarán,
dentro de un tiempo conveniente, que las nuevas versiones del Misal Romano en
lengua vernácula se hagan fielmente según las normas y, corregidas
cuidadosamente fieles al texto original latino las anteriores versiones todavía
en uso, deben ser reconocidas por la Sede Apostólica conforme al derecho.
En adelante esta tercera edición típica latina del Misal Romano se podrá usar en
la celebración de la Santísima Eucaristía desde el día en que se haga pública en
forma oficial, y comenzará a tener vigencia en la solemnidad del Cuerpo y Sangre
del Señor del año 2000.
Sin que obste nada en contrario.
En la sede de la Congregación para el Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, día 20 de abril del año del Gran Jubileo 2000, Jueves Santo de la
Cena del Señor.
JORGE CARD. MEDINA ESTÉVEZ
Prefecto
+ FRANCISCO PIO TAMBURRINO
Arzobispo Secretario
CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS
N. 23/03/L
A LA CONFERENCIA EPISCOPAL ARGENTINA
A instancias del Eminentísimo Señor Cardenal Jorge Mario
Bertgoglio. Arzobispo de Buenos Aires y Presidente de la Conferencia Episcopal
Argentina, en carta fechada el 1°de Abril de 2007, y en virtud de las facultades
concedidas a esta Congregación por el Sumo Pontífice Benedicto XVI, gustosamente
aprobamos y confirmamos la versión española de la tercera edición típica del
Misal Romano según consta en el ejemplar adjunto.
En la impresión del texto insértese íntegramente este decreto de aprobación
concedido por la Sede Apostólica. Envíese, además, a esta Congregación dos
ejemplares del texto impreso.
Sin que obste nada en contrario.
En la sede de la Congregación del Culto Divino y la Disciplina de los
Sacramentos, el día 18 de octubre de 2007.
FRANCISCO CARD. ARINZE
Prefecto
+ ALBERTO MALCOLM RANJITH
Arzobispo Secretario
CONGREGACIÓN PARA EL CULTO DIVINO
Y LA DISCIPLINA DE LOS SACRAMENTOS